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Defendamos el IPS

Los/as trabajadores/as de la educación tenemos un régimen previsional de excepción (no de “privilegio”) debido a las peculiaridades de nuestra tarea, por eso aportamos más que el resto de los trabajadores, por ejemplo, en Buenos Aires, el 16%. Este régimen es importante también porque el 80% del sector son mujeres, responsables por la educación de niños y jóvenes, aunque ganen bajos salarios trabajen turnos dobles o triples y tengan que atender casa y familia.

Docentes y estatales somos blanco prioritario del gobierno, apuntados desde el FMI, para bajar el famoso déficit fiscal. Con el argumento de equiparar todos los regímenes provinciales, se propone una igualación “hacia abajo”, una quita de derechos para aquellas provincias en que, como Buenos Aires, no se logró el antiguo objetivo (cumplido parcialmente en los años menemistas y en la década kirchnerista), de pasar las cajas jubilatorias a la ANSES.

El proyectodel gobierno plantea:

ARTÍCULO 6°. El Instituto deberá acordar con la Nación la compensación de las eventuales asimetrías que pudieran existir respecto del régimen nacional previsional vigente. A tal fin deberá requerir a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) que realice las auditorías correspondientes a fin de evaluar los estados contables y los avances en el proceso de armonización.

Facúltase al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Economía a emitir “Letras previsionales del Tesoro”, las que deberán ser entregadas al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, a partir de los excedentes financieros que genere su operatoria.

ATACA UNA CONQUISTA, COMO LO ES NUESTRA JUBILACIÓN, CONSIDERADA “UN PRIVILEGIO” POR EL GOBIERNO. LO QUE DENOMINA ARMONIZACIÓN ES UNA PÉRDIDA DE DERECHOS. ENCIMA HABILITA EL ROBO Y USO DISCRECIONAL DE NUESTROS APORTES POR EL PODER EJECUTIVO.

ARTÍCULO 24°. Tendrán derecho a jubilación ordinaria los afiliados que:

  1. a) Hubieran cumplido sesenta y cinco (65) años de edad los varones, sesenta (60) las mujeres y treinta y cinco (35) años de servicio.
  2. b) Tuviera cumplida la edad de sesenta (60) años los varones y cincuenta y siete (57) años las mujeres y acreditaren veinticinco (25) años de servicio, de los cuales diez (10) como mínimo, continuos o discontinuos deben ser al frente de alumnos, con 20 horas de cátedra en cualquier rama de la enseñanza.

Si dicho personal hubiera estado al frente de alumnos por menos de diez (10) años, tendrá derecho a la jubilación ordinaria si cuenta con treinta (30) años de servicio.

Los servicios docentes provinciales, municipales o en la enseñanza privada debidamente reconocidos serán acumulados a los fines establecidos en este artículo si el docente acreditara un mínimo de diez (10) años de servicio.

ATACA EL DERECHO DE JUBILARNOS CON 50 AÑOS DE EDAD Y 25 AÑOS DE SERVICIOS, YA QUE POR ELLO NOS DESCUENTAN EL 16 % DE NUESTROS HABERES.

ESTO TRAERÁ MAYOR DESOCUPACIÓN DOCENTE PORQUE OBSTACULIZARÁ EL ACCESO AL TRABAJO DE LOS DOCENTES NUEVOS Y JÓVENES.

ARTÍCULO 39°. El haber mensual de la jubilación ordinaria para el personal docente comprendido en el inciso b) del artículo 24 será el equivalente al 70 por ciento del promedio actualizado de las remuneraciones mensuales asignadas a él o los cargos de que fuera titular efectivo el afiliado durante los dos (2) años anteriores a la fecha del cese o de solicitud, la que fuera última.

ATACA EL DERECHO A PERCIBIR UNA JUBILACIÓN DE LOS MEJORES 5 AÑOS ALTERNADOS O 3 CONSECUTIVOS.

ARTÍCULO 47°. Los haberes de las prestaciones indicadas serán móviles y se actualizarán conforme el régimen de movilidad establecido por la Ley Nacional N° 26.417, sus complementarias y modificatorias, en los meses y con las pautas fijadas en ellas.

ATACA LA MOVILIDAD AUTOMÁTICA, EL ENGANCHE DE LOS HABERES JUBILATORIOS A LOS AUMENTOS DE LOS TRABAJADORES ACTIVOS, PERJUDICANDO A LOS ACTUALES Y FUTUROS JUBILADOS.

Es urgente organizar una lucha común de docentes y estatales y una permanente campaña de difusión sobre toda la población trabajadora. Las medidas aisladas no van a detener este plan. CTERA y ambas CTA tienen que poner en acción todos sus sindicatos de base y convocar ya a asambleas conjuntas y abiertas de afiliados y no afiliados para que la jornada del 14 de diciembre se convierta en el inicio de un plan de lucha hasta tirar abajo el cambio de régimen jubilatorio, la reforma educativa y todas las reformas de Macri.